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Agricultura asistirá a tenedores de aves de traspatio afectados por la influenza aviar

La Resolución Conjunta 4/2023 de la Secretaria de Agricultura y del Senasa busca paliar el impacto de la crisis sanitaria.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) oficializaron hoy el Programa de Asistencia Económica por la Emergencia Sanitaria – Influenza Aviar H5 y H7 para tenedores y tenedoras de aves de traspatio, a través de la Resolución Conjunta 4/2023.

La medida tiene el objetivo de asistir a los tenedores de aves de traspatio cuyas existencias se vieron afectadas por la enfermedad y la ejecución de medidas de contingencia sanitaria establecidas en la Resolución Senasa 73 del 18 de febrero de 2010.

En tal sentido el secretario de Agricultura, Juan José Bahillo destacó “la medida adoptada por el ministro de Economía, Sergio Massa, de acompañar a las y los productores afectados”, al explicar que la asistencia a percibir por cada beneficiario consistirá en un único pago de $ 2.500 por cada ave sacrificada con el objetivo de contener la enfermedad en predios afectados.

Para acceder a la ayuda, se detallan como requisitos:

-Estar inscripto/a en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios (RENSPA) del Senasa en la “Actividad de Aves de Traspatio”.

-Haber sido afectado/a por una medida de sacrificio de aves de traspatio en el marco de aplicación de las medidas sanitarias contempladas en el plan de contingencia establecido por el Senasa.

-No haber obstaculizado o impedido la labor de los agentes del Senasa en ninguna de las instancias del procedimiento de intervención de emergencia sanitaria, lo que deberá quedar plasmado en el acta de intervención realizada oportunamente.

-Haber notificado de manera inmediata al Senasa, la aparición de síntomas de la enfermedad aviar, o haber sido considerado por el mencionado servicio sanitario como vínculo epidemiológico de un brote, o bien, haber sido detectado durante la tarea de rastrillaje que éste realiza en la zona de control sanitaria asociada a un brote.

-Cumplir con el procedimiento de solicitud del beneficio a través de la Oficina Local del Senasa de la jurisdicción en la que se encuentre ubicado el predio o establecimiento con los animales sacrificados.

Los interesados deberán presentarse en la Oficina Local del Senasa de la jurisdicción en la que se encuentre ubicado el predio o establecimiento donde se encontraban los animales sacrificados y solicitar expresamente el beneficio.

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